¿Qué es el poder notarial?

Es posible que, cualquier persona, necesite en algún momento a lo largo de su vida un poder notarial para llevar a cabo determinados trámites. Es por ello que resulta importante saber a la perfección qué es un poder notarial y los diferentes tipos de poderes que existen, así como la forma en que se otorgan y quién tiene poder para ello.

A lo largo de este post detallaremos todo lo que se debe saber en relación con los mismos.

Qué es un poder notarial

Pues bien, un poder notarial no es más que una escritura pública que debe ser otorgada por un notario. Es una forma de exponer la voluntad de la persona de nombrar a otra para que actúe en nombre de la misma; la persona que expresa su voluntad puede ser tanto física como jurídica.

Este acto o método permite a la segunda persona que realice los trámites en nombre de la primera, la cual habrá depositado toda su confianza en ella. Se trata de un acto unilateral por cuanto es una única persona quien otorga la facultad de representación a otra para la realización, por su cuenta, de los trámites para los que haya sido autorizado. La persona que representa a quien otorga dicha facultad es un apoderado, necesitando exhibir el poder notarial para la realización de los trámites en cuestión.

Es importante destacar que la base de cualquier poder notarial, independientemente del tipo que sea, es siempre la confianza puesto que es un acto con el cual se pueden asumir riesgos en el caso de que el apoderado actuara de mala fe.

Para que tenga validez deberá otorgarse por un notario; es decir, serán redactados y autorizados por el mismo, por lo tanto, deberá constituirse en documento público. Además, el poderdante deberá cumplir una serie de requisitos tales como:

  • Estar en plenas facultades mentales.
  • Ser mayor de edad.
  • Acudir con su documento nacional de identidad al notario.

Tipos de poderes notariales

Como hemos mencionado, existen distintos tipos de poderes notariales, los cuales se dividen en generales y especiales.

Dentro de los poderes notariales generales los más utilizados son:

  • Poder general.
  • Poder para pleitos.
  • Poder para administrar bienes.

El poder general es aquel con el que se delegan un amplio abanico de facultades, pudiendo incluir actuaciones tales como aquellas de compraventa de inmuebles, hipoteca, entre otras.

Por otro lado, el poder para pleitos es aquel en el que se delegan facultades a un abogado o a un procurador. Se puede decir que es el más utilizado por las personas y se le conoce como apoderamiento apud acta.

Y, por último, el poder para administrar bienes, como su propio nombre indica, es aquel en el que se faculta a un representante para que administre el patrimonio de otra persona. Sin embargo, es habitual que se establezcan en este tipo de poderes ciertas limitaciones.

Es de destacar que determinadas actuaciones, como podría ser la de otorgar testamento, no permiten representación y, por lo tanto, no cabe la posibilidad de otorgar un poder para dicho acto al considerarse personalísimo y que, por tanto, solo podrán efectuarse por la persona en cuestión.

Tipos de poderes notariales especiales

Los poderes notariales especiales, por su lado, son aquellos con los que se delegan actos concretos, existiendo tanto poderes como actos jurídicos admiten la figura de un representante.

Dentro de los poderes notariales especiales podemos mencionar algunos tales como los que siguen:

  • Aceptar una herencia.
  • Adquirir un bien inmueble.
  • La realización de una transacción económica.

Por otro lado, existe la posibilidad de otorgar poderes preventivos, que sirven para que, en caso de que un futuro no pudiera cumplir con su propia voluntad como consecuencia de una enfermedad o de una incapacidad, un apoderado pueda hacerla cumplir por él, teniendo el mismo poder o efecto que cualquier otro tipo de poder notarial.

Este tipo de poder pretende, bajo todo pronóstico, proteger al poderdante para que pueda cumplirse su voluntad por medio de otra persona por si, en un futuro, el mismo no pudiera. Es por ello que, aunque se otorga del mismo modo que el resto de poderes mencionados, su efectividad se dará en el momento en que la discapacidad tenga lugar.

Este poder se ramifica en autocuratela, para designar a un curador y en voluntades anticipadas que se realizarán según la Comunidad Autónoma en cuestión.

Cómo otorgar poderes notariales

Los poderes notariales tal y como señalamos al principio del artículo deben ser otorgados por un notario y se podrán remitir de forma telemática entre notarios, haciendo más fácil su gestión. De esta forma no será necesaria la copia en papel de dicho poder.

Cuando un poder notarial está apostillado tendrá vigor entre todos los países firmantes en el Convenio de la Haya; es decir, la apostilla sirve para que un poder notarial sirva en un lugar fuera del territorio español.

El poder notarial puede ser revocado, para ello el poderdante deberá acudir a un notario para realizar el trámite en cuestión.

El poder notarial es documento utilizado a diario que, como hemos comentado a lo largo del artículo, puede adoptar diferentes formas debiendo ser, en todos los casos, otorgados por un notario. La finalidad exclusiva de los poderes notariales es garantizar el cumplimiento de la voluntad de una persona, aunque sea por medio de otra, siendo la base de la delegación de este poder la confianza.

Es necesario que la redacción de dicho poder sea precisa y esté ratificada por quien pretende delegar facultades, debiendo ser otorgados por un notario.

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